lunes, 27 de junio de 2011

Desde adentro...

Entrevista al Estructurador: 2º Parte

¿Que debería contemplar un inversor al momento de ingresar a una estructura como esta?
Los inversores cuentan con innumerables posibilidades de inversión, cada una con su atractivo, entonces por qué elegir invertir en éste proyecto?, entiendo que si lo que busca el inversor es una renta adecuada con la inversión, acá hay una opción; si esa renta es perdurable en el tiempo, también lo es; ahora bien, éste proyecto vá más allá, permite placeres sensoriales adicionales como contar con su propio lote de vino etiquetado en forma personalizada, estibado en una cava propia en condiciones de temperatura y humedad adecuados, alojarse en una posada de campo lejos del ruido en medio de la naturaleza entre viñedos en tiempos de vendimia; recorrer los caminos del vino; disfrutar de un concierto de música clásica en una bodega; cabalgar entre viñas; observar una noche de estrellas y luna llena en uno de los cielos más limpios del mundo, en fin disfrutar Mendoza, es un valor agregado por encima de la muy buena renta económica del negocio.

Seguridad jurídica de la inversión
La elección del formato jurídico, le brindan seguridad jurídica a la inversión a través de: la separación patrimonial en el patrimonio del Fiduciario y el aislamiento de los bienes afectados en propiedad fiduciaria de los acreedores de fiduciantes y Fiduciario.
El Fideicomiso actuando como el propietario de los bienes inmuebles afectados como también de las mejoras que se le incorporen, también aporta seguridad al inversor.
La organización del negocio fiduciario en cuanto a la selección del Fiduciario, quien cuenta con conocimiento y experiencia en esa función, el que a su vez ha contratado profesionales especializados en negocios vitivinícolas, es otro factor a tener en cuenta en cuanto a seguridad de la inversión.
La selección de los profesionales asesores del Fiduciario, tanto jurídicos, contables y tributarios, quienes son personas con experiencia en la estructuración y en la gestión de negocios fiduciarios, son aportes a la seguridad del inversor.

6. Auditoría contable del proyecto
La ley 24441, establece como obligación del Fiduciario la de rendir cuentas al menos una vez por año, no establece bajo que formato, ni la de estar auditada por profesionales de las ciencias económicas independientes, es decir, la obligación legal se limita a la de una rendición de cuentas anual. El Fiduciario y los Organizadores de éste proyecto han puesto como obligación contractual la de rendir cuentas por medio de la presentación de estados contables, elaborados bajo el estricto cumplimiento de las normas contables profesionales dictadas por los organismos que regulan la profesión, auditadas en forma trimestral y anual, para dar confiabilidad a las cifras de los estados contables en cuanto a la inversión y destino de los fondos aportados por los fiduciantes.
Será una auditoría muy exigente, tanto de los estados contables del Fideicomiso como los del Fiduciario, se revisarán los procedimientos internos del manejo de fondos, los destinos de los mismos, el correspondiente respaldo documental, los medios de pago utilizados, el cumplimiento de la normativa en materia impositiva y finalmente se emitirá el correspondiente dictamen en cuanto a la razonabilidad de las cifras de los estados contables y una carta de recomendaciones al Fiduciario sobre la calidad de los procedimientos internos.
El informe de auditoría estará dirigido al inversor, y llevará tranquilidad sobre la gestión de su inversión.

1 comentario:

  1. que bueno que pongan toda esta info aca, de todo proyecto se debe saber los parametros juridicos. Los visito en la web!

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